Pasar al contenido principal

Noticias | Condenan al escritor José Gabriel Barrenechea y otros 5 cubanos por protesta pacífica

La sentencia en firme (con fecha 15 de enero de 2026) condena a Barrenechea a 6 años de cárcel por incitar a que otras personas "se unieran a la marcha" pacífica el 7 de noviembre de 2024 en Encrucijada, provincia Villa Clara.

Retrato del escritor José Gabriel Barrenechea y dibujo de prisión
El escritor y preso político cubano José Gabriel Barrenechea.

El escritor y periodista independiente José Gabriel Barrenechea Chávez, finalmente ha recibido la sentencia del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara (con fecha de este 15 de enero de 2026), junto con otro 5 acusados en la misma causa penal. Se le impone una condena de seis años de privación de libertad, o sea, la máxima pena solicitada por la Fiscalía en el juicio celebrado cuatro meses antes, y todo solamente por protestar pacíficamente durante un apagón general el 7 de noviembre de 2024 en Encrucijada, provincia Villa Clara, Cuba. 

Los otros 5 acusados por participar en la misma protesta pacífica, reciben penas de entre 3 y 8 años, siendo Yandri Torres Quintana el más castigado, con una pena de 8 años de privación de libertad.

El tribunal desconoce el verdadero carácter de prisionero político de Barrenechea, y se le imputa el delito de "desórdenes públicos", según consta en la "sentencia 4 de 2026" de la "causa 82 de 2025", a la que tuvo acceso Árbol Invertido, medio informativo independiente cubano.

Penas de cárcel de entre cinco y ocho años

En el apartado "Fundamento de los hechos probados" del documento, la Fiscalía busca conferirle un perfil delictivo al escritor, incluso recurriendo a subterfugios subjetivos que sin duda aluden a su trabajo como periodista independiente y sus relaciones con personas que sencillamente fuesen críticas al régimen (algo considerado de "nala moralidad" por el aparato represivo), En ese sentido, se señala que:

Al momento de la ocurrencia de los hechos, se relacionaba con personas de mala moralidad y conducta social, no tenía vínculo laboral reconocido y no le obran antecedentes penales.

Este es uno de los pasajes más alarmantes del documento, pues introduce valoraciones morales e ideológicas para reforzar la culpabilidad del escritor Barrenechea.

El tribunal también dictó penas de entre 3 y 8 años de cárcel por el mismo delito contra otras cinco personas que protestaron pacíficamente en la noche del 7 de noviembre de 2024 en las calles de la localidad de Encrucijada por la falta de fluido eléctrico durante más de 48 horas, producto de un colapso del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Incluso la misma sentencia describe un suceso donde no ocurre ninguna violencia, una protesta pacífica en toda regla. Según el documento oficial, los acusados se dirigieron a las sedes del Partido Comunista y el gobierno municipal:

y una vez allí aglomerados junto a un cúmulo de unas trescientas personas comenzaron a vociferar que querían corriente.

El tribunal puntualiza que mientras varios de los acusados "por su propia voluntad gritaban al unísono que pusieran la corriente", Barrenechea

incitaba a las demás personas a que se unieran a la marcha, no abandonaran el lugar y continuaran reclamando sus derechos. 

No se acreditan actos violentos, daños materiales, ni agresiones físicas. Además, todos los acusados recibieron sanciones accesorias de privación de derechos políticos, prohibición de salida del país y prohibición de expedición de pasaporte, castigos típicos en causas de carácter político.

Las penas impuestas, son las siguientes:

  • José Gabriel Barrenechea Chávez (escritor): 6 años de privación de libertad.
  • Yandri Torres Quintana: 8 años de privación de libertad.
  • Rafael Javier Camacho Herrera: 7 años de privación de libertad.
  • Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa: 5 años de privación de libertad.
  • Yuniesky Lorences Domínguez: 3 años de trabajo correccional sin internamiento.
  • Marcos Daniel Díaz Rodríguez: 5 años de limitación de libertad.

Además, todos los acusados recibieron sanciones accesorias de privación de derechos políticos, prohibición de salida del país y prohibición de expedición de pasaporte, castigos típicos en causas de carácter político.

Represores de cuello blanco

La sentencia fue firmada por los jueces Aimee Caraballé Corrales (ponente), Justo Gustavo Faife Hernández y María Teresa Domínguez Rodríguez, con acusación del fiscal Yosmel Guevara Herrera. 

Son nombres propios de lo que puede definirse sin ambigüedad como represores de cuello blanco: funcionarios que, desde la legalidad formal, ejecutan castigos políticos.

Los tribunales desacreditan el carácter pacífico de las protestas

La sentencia desacredita también el carácter pacífico de las protestas en las que participaron Barrenechea y los demás encausados: Yandri Torres Quintana, Yuniesky Lorences Domínguez, Rafael Javier Camacho Herrera, Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa y Marcos Daniel Díaz Rodríguez, afirmando que:

Aunque lo quieren hacer ver como un evento pacífico, resultó lo contrario pues incluso no dejaban que la primera secretaria del partido en el municipio diera una explicación de la situación existente en el país y muestra de ello es la presencia de todos estos en el sitio que admitieron estar en el lugar, lo que muestra además que sí existió una gran aglomeración de personas y la obstrucción de la vía.

En el juicio comparecieron como testigos de la Fiscalía dos oficiales de la policía: Yuniesky Martínez Esquivel, quien se desempeñaba como Jefe de Sector del poblado Calabazar de Sagua el día de los hechos, y Mijaíl Fernández Díaz, Jefe de la PNR en el municipio Encrucijada. Según el documento, Martínez Esquivel:

Refirió que participó en la detención de todos los acusados, relato coherente que permitió a los jueces tener certeza sobre la culpabilidad de los acusados y la forma en que sucedieran los acontecimientos. 

Fernández Díaz corroboró lo dicho por el otro oficial y describió:

El actuar de los acusados que incitaban a continuar con la protesta y los que tocaban artefactos quedando clara la participación que cada uno de los procesados tuvo en el actuar ilícito.

Los testimonios de los testigos propuestos por la defensa fueron desestimados, porque:

En todo momento reconocieron y así lo manifestaron ante el tribunal que lo que hicieron de manera indistinta cada acusado y que exigían en voz alta que pusieran la corriente, además de que tocaron artefactos.

El Tribunal Provincial Popular de Villa Clara decreta que los hechos "que se declaran probados":

Integran un delito de desórdenes públicos, previsto y sancionado en el artículo 263 apartados 1 y 3 inciso c) del Código Penal para los acusados José Gabriel Barrenechea Chávez, Yuniesky Lorences Domínguez y Rodel Bárbaro Rodríguez Espinosa, todos por ejecutar los hechos por sí mismos según lo previsto en el artículo 20 apartados 1 y 2 inciso a) del Código Penal ya que deciden aglomerarse frente a las sedes del Gobierno y el Partido, donde una vez allí incitaron a otras personas a que se sumaran a la protesta y obstaculizaban la vía pública.

El documento de la Sentencia 4 de 2026, establece en su línea final que la condena se puede recurrir, lo que parece casi una burla, pues se trata de un único aparato represor, donde no hay posibilidad de acudir a autoridades independientes ni neutrales:

Esta sentencia es susceptible de recurso de Casación ante la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado en función de lo Penal del Tribunal Supremo Popular dentro de los 10 días siguientes al de su notificación.

No obstante, dicho recurso legal implica que la sentencia pudiera ser corregida ante posibles errores en la interpretación o aplicación de la ley.

Más de un año en la cárcel sin juicio 

Barrenechea fue detenido el 8 de noviembre de 2024 y recluido en la cárcel conocida como La Pendiente, en Villa Clara, sin posibilidad de esperar el juicio en su hogar. Durante este tiempo, su madre Zoila Chávez, enferma de cáncer en estado terminal, rogó al régimen que le permitieran ver a su hijo.

Todas las peticiones de Barrenechea y su madre fueron desoídas por las autoridades carcelarias, y la anciana de 86 años falleció el 5 de mayo de 2025 sin poder despedirse de él. Barrenechea le escribió una carta póstuma desde la cárcel, en la que explicó su participación en las protestas:

Si lo hice fue porque me angustiaba verla cada noche en medio de las tinieblas, sin poder visitar a nadie, sin su televisor y sus novelas de abuelas turcas, encerrada en su tristeza; o porque yo ya no sabía con qué iba mañana a hacerle el café, o calentarle el agua de su aseo matutino. 

A finales de diciembre, Barrenechea emitió un mensaje manuscrito desde prisión, que su entorno familiar le hizo llegar a Árbol Invertido, en el que expresa su convicción de haber hecho lo correcto y remarca el carácter político de su detención:

La voz de un justo en lo profundo de una celda es más fuerte que la violencia sobre la que se sostiene un régimen tiránico, no solo injusto e inmoral, sino ineficaz y obtuso hasta el sarcasmo.

Encuentra el documento íntegro de la Sentencia contra Barrenechea y otros cinco cubanos, por protestar pacíficamente el 7 de noviembre de 2024 en Encrucijada, provincia Villa Clara, Cuba.

Regresar al inicio
▶ Ayúdanos a permanecer

Un contenido como este, y nuestro medio informativo en general, se elabora con gran esfuerzo, pues somos un proyecto independiente, trabajamos por la libertad de prensa y la promoción de la cultura, pero sin carácter lucrativo: todas nuestras publicaciones son de acceso libre y gratuito en Internet. ¿Quieres formar parte de nuestro árbol solidario? Ayúdanos a permanecer, colabora con una pequeña donación, haciendo clic aquí.

[Y para cualquier propuesta, sugerencia u otro tipo de colaboración, escríbenos a: contacto@arbolinvertido.com]

Árbol Invertido

Logo de Árbol Invertido: letras iniciales.

El medio digital Árbol Invertido es un espacio para el ejercicio pleno de la libertad de expresión, con temas interrelacionados a partir de un lugar en el mundo llamado Cuba, los diferentes modos de hacer y entender la Cultura, y los Derechos Humanos.

Añadir nuevo comentario

Plain text

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
CAPTCHA
Resuelva este simple problema matemático y escriba la solución; por ejemplo: Para 1+3, escriba 4.
Este reto es para probar que no eres un robot. Por favor, ten en cuenta minúsculas y mayúsculas.